29/10/2014
Mantén una relación cordial y educada con tu arrendador, te ayudará a solucionar los problemas.Conocer la Ley, tus derechos (y, por supuesto, tus obligaciones) es muy importante, pero en caso de disputa tendréis que acudir a un tercero (juez o árbitro) que dictamine quién tiene la razón, que tiene un coste mucho mayor que si llegáis a un acuerdo de buena voluntad gracias a una relación cuidada.
No dejes que el contrato tenga cláusulas contrarias a la Ley.En los arrendamientos, es fundamental que ambas partes conozcan el régimen legal aplicable, asesorándose por expertos. No dejes que el contrato tenga cláusulas contrarias a la Ley: Aunque sean nulas, lo tienes firmado y, para que se declare la nulidad, tendrás que acudir a un juicio. Por ello vale más revisar el contrato antes de firmarlo y adecuarlo a la Ley, para que todo el mundo sea consciente de las reglas del juego.
No dejes de pagar la renta y cuida la casa como si fuera de tu propiedad.Pero además de pagar la renta, el arrendatario está obligado, por Ley, a conservar la vivienda, cuidarla y realizar a su costa determinadas reparaciones. El arrendatario no puede creerse cliente de un hotel en el que, al menor desperfecto, llama a recepción y aparece un “manitas” a arreglar todo sin coste alguno. Hay cosas que el arrendatario tiene que reparar a su costa, y es el que tiene mejor conocimiento del estado de la vivienda: Cuida la casa como si fuera tuya en propiedad. Además, hay otras obligaciones que tendrás aunque no vengan en el contrato… ¿Sabías que como arrendatario tienes obligación de pagar la tasa de basuras o de alcantarillado? Si no la quieres pagar, inclúyelo expresamente en el contrato. Junto con las obligaciones legales, el contrato puede establecer otras obligaciones: algunas de ellas pueden ser nulas y otras pueden ser perfectamente legales. Infórmate antes de firmar el contrato, elimina las nulas y asegúrate de que puedes cumplir las restantes.
Asegúrate de que quien firma puede alquilar el inmueble.Asegúrate de que la persona que firma el contrato de arrendamiento puede arrendártelo. Para ello, puedes pedir una nota simple registral, acudiendo en persona al Registro de la Propiedad correspondiente o bien por Internet (www.registradores.org). Por unos 10€ podrás conocer los titulares inscritos, así como otras cargas que pueden afectar a tu arrendamiento (hipotecas, embargos, etc.). En caso de que no conozcas al propietario y estés tratando con un intermediario que va a firmar, será necesario que te justifique su capacidad para firmar el arrendamiento (aunque sea el hijo de la dueña), aportando un poder notarial. De lo contrario, puede ser que el arrendador tenga que ratificar el contrato.
Si sois vairos arrendatarios, cada uno responde del total de la renta.Por lo que respecta a la parte arrendataria, ten en cuenta que si sois dos o más los que firmáis el arrendamiento, la jurisprudencia entiende que asumís la obligación solidariamente, es decir, cada uno responde del total de la deuda. Del mismo modo, tampoco puede uno de los arrendatarios liberarse del arrendamiento libremente, aunque hayan transcurrido 6 meses, por lo que siempre es necesario firmar un acuerdo con el arrendador para liberar a uno de los arrendatarios.
Con carácter general, una «reserva», te obliga a alquilar: no podrás echarte atrás sin perder el dinero.Por ello, insiste siempre en firmar un documento donde se recoja expresamente todas las condiciones: a quién se paga, cuánto se paga, en qué concepto y qué pasará si alguien desiste e, incluso, qué pasará si se llega a firmar el contrato (si se aplica al pago de la renta, si es el pago a la inmobiliaria, etc.). Ten en cuenta que, en ese documento, pueden incluirse obligaciones para las partes. Por ejemplo, puede condicionarse el arrendamiento a que acredites tu solvencia. Asegúrate de qué pasará con tu dinero si, a juicio del arrendador, no reúnes los requisitos exigidos.
El arrendatario suele pagar parte o todos los honorarios de la inmobiliaria en un alquiler, salvo que el casero sea una persona jurídica.También es importante que te expliquen claramente los servicios que prestan. Aunque las inmobiliarias suelen aportar un modelo de contrato de arrendamiento, lo hacen exclusivamente a efectos de agilizar la operación. La mayoría de los profesionales de las inmobiliarias no son abogados y, por tanto, no prestan asesoramiento jurídico. No creas falsas promesas que te haga la inmobiliaria (el propietario va a pintar el piso, el propietario va a cambiar tal mueble…), asegúrate de que todo queda por escrito en el contrato. Una vez firmado, la inmobiliaria habrá terminado su trabajo y tendrás que lidiar tú directamente con el arrendador.
Revisa tanto la casa como el contrato: los arrendamientos no admiten devoluciones.Revisa el contrato y asegúrate de que lo entiendes todo. Si has pedido al arrendador que haga determinadas cosas (arreglar, pintar, quitar muebles, etc.) asegúrate de que están en el contrato, al igual que si has pedido alguna regulación especial.
Aunque parezca lo contrario, un arrendamiento no es un contrato de adhesión.Los contratos de arrendamiento son mucho más que un acuerdo sobre objeto, renta y plazo -como ya explicamos aquí-, por lo que es importante negociar los términos del arrendamiento de tal forma que se adapte a tus necesidades. Dentro de la legalidad, hay muchas cuestiones que se pueden regular de distinta forma.
Si todo está por escrito, las partes tienen una idea más clara de sus derechos y obligaciones.Al poner las cosas por escrito, cada parte se llevará a casa una copia clara de lo acordado. Aplica este consejo durante toda la vigencia del contrato.
Si tienes cualquier duda, acude a un abogado especializado en arrendamientos antes de firmar cualquier documento. Consultar a un abogado antes de alquilar para asesorarte evita problemas y ahorra disgustos.Si vas a firmar contratos especiales -local de negocio, arrendamiento con opción de compra, etc.- es muy importante acudir a un abogado, ya que la libertad de pactos es mayor y un abogado con experiencia te puede asesorar en la negociación y preparar un arrendamiento personalizado que se adapte a tus necesidades. No es aconsejable utilizar modelos bajados de internet o contratos preparados por no juristas: Utilizar un contrato bajado de internet es, en términos jurídicos, el equivalente médico a fiarse de un diagnóstico por Internet rellenando un formulario con los síntomas. Como dice el dicho, más vale prevenir que curar y, en términos jurídicos, resulta mucho más barato asesorarse previamente que tener que acudir a un procedimiento judicial.